Saltar al contenido sobre DPD

Delegado de Protección de Datos · El Salvador

Cumplimiento que protege datos, decisiones y confianza.

Servicio de DPD externo para convertir la Ley para la Protección de Datos Personales en una operación clara: gobierno de datos, derechos ARCO-POL, privacidad, incidentes, formación y supervisión continua.

Atención desde San Miguel para organizaciones de la zona oriental, San Salvador y el resto del país, mediante coordinación presencial y remota.

20 díasPlazo ordinario para responder solicitudes ARCO-POL.
72 horasPlazo máximo de notificación ante una vulneración.
2 informesReporte a la alta dirección, como mínimo, cada año.
5 añosDeber de confidencialidad después de concluir el encargo.

Respuesta directa

¿Qué es un Delegado de Protección de Datos?

Es la figura independiente que ayuda a una organización a aplicar la ley en su actividad diaria. Gestiona y resuelve solicitudes ARCO-POL, asesora al responsable, propone procedimientos, capacita al personal, documenta recomendaciones y mantiene el enlace institucional con la Agencia de Ciberseguridad del Estado.

  • Puede ser interno o contratarse como servicio profesional externo.
  • Debe participar desde el inicio de nuevos tratamientos, productos o servicios.
  • Requiere acceso oportuno a la información y comunicación con la alta dirección.
  • Supervisa y recomienda con independencia; la organización conserva sus decisiones.

Ámbito de aplicación

¿Quién debe nombrar un DPD en El Salvador?

El artículo 15 de la LPDP ordena a los sujetos obligados nombrar un delegado. En términos generales, la ley comprende a personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que realizan tratamiento de datos personales, con las exclusiones previstas en su artículo 3.

El análisis no depende únicamente del tamaño de la entidad. Importa qué datos recopila, para qué los utiliza, dónde se almacenan, quién puede acceder y con qué terceros se comparten.

01 / SALUD

Salud

Clínicas, laboratorios, consultorios, farmacias y profesionales con expedientes, diagnósticos o resultados.

02 / EDUCACIÓN

Educación

Colegios, universidades, academias y centros que administran datos de estudiantes, familias y personal.

03 / COMERCIO

Comercio

Tiendas, membresías, plataformas y negocios con bases de clientes, facturación, fidelización o mercadeo.

04 / PROFESIONALES

Servicios profesionales

Despachos, consultorías y oficinas que conservan identidades, expedientes e información confidencial.

05 / ORGANIZACIONES

Asociaciones y condominios

Entidades con registros de miembros, visitantes, videovigilancia, accesos o comunicaciones internas.

06 / DIGITAL

Negocios digitales

Sitios web, aplicaciones y proveedores que recopilan información mediante formularios, cookies, cuentas o nube.

Cobertura: base en San Miguel, atención principal en San Miguel, Usulután, La Unión y San Salvador, y coordinación para el resto del país según las necesidades de cada organización.

Gobernanza

Independencia y responsabilidades claras

El DPD orienta, supervisa y documenta. La organización decide las finalidades y los medios del tratamiento, implementa las medidas y proporciona los recursos necesarios.

Delegado externo

Asesora, supervisa y deja evidencia

Gestiona ARCO-POL, revisa riesgos, propone procedimientos, forma al personal, documenta recomendaciones y mantiene el enlace institucional con la ACE.

Actúa con independencia y comunicación directa con el nivel más alto de dirección.
Organización responsable

Decide, implementa y aporta recursos

Define para qué y cómo se utilizan los datos, facilita información al DPD, adopta las medidas aprobadas y coordina su ejecución con el personal o los proveedores.

La dirección conserva la decisión final y la responsabilidad sobre el tratamiento.

Servicio DPD externo

Un sistema de cumplimiento, no una carpeta olvidada

El alcance se diseña después de conocer las sedes, los procesos, los sistemas, el volumen de información, los datos sensibles y los terceros que participan.

Mapa operativo del servicio
MÓDULO 01 / GOBIERNO

Nombramiento, independencia y mapa de responsabilidades

Preparación del expediente, revisión del encaje organizativo, definición del canal del DPD y reglas para involucrarlo oportunamente en decisiones que afectan datos personales.

  • 01Documentación de nombramiento y aceptación.
  • 02Declaración y gestión de conflictos de interés.
  • 03Matriz de funciones, escalamiento y reportes.
  • 04Inventario inicial de tratamientos y responsables internos.
MÓDULO 02 / DERECHOS

Solicitudes ARCO-POL con control de identidad y plazos

Diseño del canal, formularios, registro de casos, validación de identidad, búsqueda interna, análisis jurídico, resolución y entrega segura de la respuesta.

  • 01Procedimiento y formularios para cada derecho.
  • 02Registro trazable de solicitudes y vencimientos.
  • 03Modelos de prevención, prórroga y resolución.
  • 04Coordinación con áreas custodias de la información.
MÓDULO 03 / PRIVACIDAD

Información clara, licitud y control del ciclo de vida

Revisión de finalidades, bases legales, consentimiento, minimización, conservación, avisos de privacidad, proveedores y transferencias, con atención reforzada a datos sensibles.

  • 01Política y avisos de privacidad por canal.
  • 02Matriz de finalidades y bases de legitimación.
  • 03Criterios de retención y eliminación segura.
  • 04Cláusulas para encargados y otros terceros.
MÓDULO 04 / INCIDENTES

Decisiones ordenadas cuando cada hora importa

Protocolo jurídico de vulneraciones, registro de hechos, evaluación de afectación, coordinación con el equipo técnico y preparación de las notificaciones exigibles.

  • 01Ruta de escalamiento y comité de respuesta.
  • 02Registro cronológico del incidente y evidencias.
  • 03Modelos de comunicación a autoridades y titulares.
  • 04Revisión posterior y plan de medidas correctivas.
MÓDULO 05 / SUPERVISIÓN

Evidencia de seguimiento para la alta dirección

Capacitación, revisión de nuevos tratamientos, seguimiento de recomendaciones, indicadores e informes que permitan a la organización conocer avances y decisiones pendientes.

  • 01Plan anual de trabajo y capacitación.
  • 02Revisión de proyectos antes de su puesta en marcha.
  • 03Registro de recomendaciones y respuesta del responsable.
  • 04Informes periódicos a la alta dirección.
ALCANCE AJUSTADO A CADA ORGANIZACIÓNLPDP · LINEAMIENTOS ACE · EVIDENCIA

Derechos de las personas

ARCO-POL: siete derechos, un procedimiento verificable

La organización necesita un canal funcional y una ruta interna capaz de localizar la información, evaluar la solicitud, decidir conforme a derecho y responder de forma segura.

AAcceso
RRectificación
CCancelación
OOposición
PPortabilidad
OOlvido
LLimitación
1. RecepciónCanal y registro del caso.
2. VerificaciónIdentidad, representación y suficiencia.
3. AnálisisBúsqueda, base jurídica y coordinación.
4. RespuestaResolución dentro de 20 días hábiles.

Por causas justificadas, el plazo puede ampliarse hasta por otros veinte días hábiles. La prórroga debe motivarse y notificarse dentro del plazo ordinario.

Ruta inicial de referencia

Los primeros 90 días

Una implementación por etapas permite atender primero los riesgos urgentes y construir un expediente que conserve decisiones, entregables y evidencia desde el comienzo.

01

Formalización

Nombramiento, contrato, independencia, canal del DPD y controles inmediatos.

02

Diagnóstico

Entrevistas, inventario, mapa de flujos y plan de adecuación priorizado.

03

Procedimientos

Privacidad, consentimiento, ARCO-POL, incidentes, retención y terceros.

04

Validación

Capacitación, simulación, primer informe y calendario de seguimiento.

La secuencia se adapta si existe una vulneración, una solicitud ARCO-POL, un requerimiento o un riesgo que requiera atención prioritaria.

Vulneraciones de datos

La respuesta comienza antes del incidente

Roles definidos, registros y modelos de comunicación permiten actuar con criterio cuando se descubre una pérdida, acceso indebido, alteración o divulgación.

72 hPlazo máximo desde que el responsable tiene conocimiento de la vulneración.
  1. Activar y preservar

    Registrar la hora de conocimiento, contener el evento y conservar información útil para el análisis técnico y jurídico.

  2. Evaluar la afectación

    Identificar datos, titulares, sistemas, alcance probable, consecuencias y medidas aplicadas.

  3. Notificar

    Coordinar las comunicaciones a la ACE, la Fiscalía General de la República y los titulares afectados conforme al artículo 25 de la LPDP.

  4. Corregir y documentar

    Dar seguimiento a medidas, decisiones y aprendizajes para reducir la probabilidad de repetición.

Responsabilidad demostrada

Cumplir también significa poder demostrarlo

La ACE puede iniciar diligencias de oficio, por denuncia, aviso, incidente o verificación preventiva. Un expediente ordenado permite explicar las decisiones, las recomendaciones y las medidas ejecutadas.

El procedimiento sancionador reconoce audiencia, defensa, debido proceso y los principios de legalidad, tipicidad, proporcionalidad y responsabilidad.

Infracciones leves

La ley establece el rango aplicable según la clasificación de la conducta.

1–10 salarios

Infracciones graves

Incluyen supuestos vinculados con derechos, finalidad y seguridad.

11–25 salarios

Infracciones muy graves

Comprenden las conductas de mayor afectación previstas por la LPDP.

26–40 salarios
Los rangos se calculan con base en el salario mínimo mensual vigente del sector comercio. Además de la multa, la ACE puede ordenar medidas destinadas a restablecer la legalidad o corregir derechos vulnerados.

Dirección profesional

Ángel Antonio Amaya Ayala

Abogado y Notario, Máster en Ciberdelincuencia y fundador de IurisCaeli. Su práctica conecta protección de datos, delitos informáticos, evidencia digital y ciberseguridad para traducir la norma en procedimientos que una organización pueda aplicar, supervisar y documentar.

Abogado y NotarioMáster en CiberdelincuenciaExperiencia fiscalDelitos informáticosEvidencia digitalProtección de datos

Desde IurisCaeli acompaña a organizaciones que necesitan ordenar su cumplimiento, preparar la designación de un DPD externo y convertir la ley en una práctica de trabajo sostenible.

Preguntas frecuentes

DPD externo y protección de datos en El Salvador

Respuestas breves basadas en la LPDP, los Lineamientos para el Delegado de Protección de Datos y la normativa sancionadora de la ACE.

¿Sigue vigente el 16 de septiembre de 2026 como fecha límite?

No. La ACE dejó sin efecto esa fecha y comunicará oportunamente las nuevas indicaciones para informar el nombramiento. La modificación corresponde al calendario de comunicación; la obligación legal de nombrar un DPD continúa vigente.

¿Se puede avanzar mientras la ACE anuncia las nuevas indicaciones?

Sí. La organización puede identificar tratamientos y riesgos, ordenar responsabilidades, preparar procedimientos, revisar su documentación y estructurar el expediente del DPD. La comunicación formal se realizará conforme al canal y a las instrucciones que la ACE establezca.

¿El Delegado de Protección de Datos puede ser externo?

Sí. El artículo 13 de los Lineamientos permite que el DPD sea interno o externo. La modalidad externa se formaliza mediante un contrato de prestación de servicios profesionales y debe preservar la idoneidad, capacidad, accesibilidad e independencia exigibles.

¿Puede un mismo DPD atender a varias entidades?

Puede recibir varios nombramientos cuando conserva independencia, capacidad y accesibilidad efectiva para cada entidad. La figura de un delegado común del artículo 16 se aplica a grupos de sociedades o entidades con relaciones jurídicas o económicas que la justifiquen. Cada responsable mantiene separados sus expedientes, canales y solicitudes.

¿Qué plazo existe para responder una solicitud ARCO-POL?

La respuesta debe entregarse dentro de veinte días hábiles. Por causas justificadas, el plazo puede prorrogarse hasta por otros veinte días hábiles; la decisión debe motivarse y notificarse dentro del plazo ordinario.

¿Qué ocurre cuando se vulneran datos personales?

El responsable debe notificar a la ACE, a la Fiscalía General de la República y a los titulares afectados dentro de un máximo de 72 horas desde que tuvo conocimiento. También debe investigar, contener y documentar el incidente y sus medidas correctivas.

¿El DPD configura redes, equipos o sistemas?

El DPD identifica riesgos, recomienda controles y supervisa su seguimiento. La organización y su personal o proveedor técnico implementan medidas como accesos, cifrado, copias, actualizaciones y configuraciones. Ambos frentes deben coordinarse sin confundir responsabilidades.

¿Cuándo será exigible la certificación prevista en los Lineamientos?

El requisito de certificación será exigible cuando la ACE ponga en vigencia el programa correspondiente y establezca sus condiciones de aplicación. La organización debe seguir las comunicaciones oficiales para adecuar su expediente cuando corresponda.

Conversemos sobre el DPD externo de su organización

Cuéntenos el tipo de entidad, sus sedes y los datos que trata. La consulta permitirá identificar el punto de partida y definir un alcance adecuado a su operación.

Consultar DPD externo
Scroll al inicio